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Autor: admin

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Última actualización: 12 May 2026


Qué es el IVA para empresas y cómo funciona paso a paso

El IVA es uno de los impuestos más habituales en la actividad diaria de cualquier empresa. Aparece en facturas de venta, compras a proveedores, servicios profesionales, operaciones nacionales e, incluso, en determinadas operaciones internacionales. Sin embargo, aunque el IVA para empresas es un impuesto muy conocido, no siempre se entiende correctamente cómo funciona desde el punto de vista empresarial.

Qué significa IVA

IVA son las siglas de Impuesto sobre el Valor Añadido. Es un impuesto indirecto que grava el consumo de bienes y servicios. Esto significa que, en la práctica, quien soporta el impuesto es el consumidor final, pero las empresas y profesionales actúan como intermediarios entre sus clientes y la Agencia Tributaria.

Cuando una empresa vende un producto o presta un servicio sujeto a IVA, debe añadir el porcentaje correspondiente en la factura. Ese importe se conoce como IVA repercutido. A su vez, cuando la empresa compra bienes o contrata servicios necesarios para su actividad, paga IVA a sus proveedores. Ese importe se denomina IVA soportado.

El funcionamiento básico consiste en compensar ambos importes. Si el IVA repercutido a los clientes es superior al IVA soportado en las compras, la empresa deberá ingresar la diferencia en Hacienda. Si ocurre lo contrario, podrá compensarlo o, en determinados casos, solicitar la devolución correspondiente.

Quién está obligado a pagar el IVA

Con carácter general, están obligados a aplicar y declarar IVA los empresarios y profesionales que realicen entregas de bienes o prestaciones de servicios sujetas al impuesto dentro del desarrollo de su actividad económica. La condición de empresario o profesional a efectos de IVA puede existir desde el momento en que se adquieren bienes o servicios con intención acreditada de destinarlos a una actividad empresarial o profesional.

Ahora bien, es importante distinguir entre quien soporta económicamente el impuesto y quien lo gestiona ante Hacienda. El cliente paga el IVA incluido en la factura, pero la empresa debe recaudarlo, declararlo e ingresarlo cuando corresponda. Por eso, el IVA no debe entenderse como un ingreso propio de la empresa, sino como una cantidad que se cobra por cuenta de la Administración.

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Tipos de IVA

En España existen distintos tipos de IVA según el bien o servicio de que se trate. Actualmente, el tipo general es del 21%, mientras que los tipos reducidos vigentes son el 10% y el 4%. La Agencia Tributaria también contempla el 0% para determinadas operaciones específicas.

El IVA general del 21% es el tipo que se aplica por defecto a la mayoría de productos y servicios. Cuando una operación no tiene previsto un tipo reducido o superreducido, lo habitual es que tribute al tipo general. 

El IVA reducido del 10% se aplica a determinados bienes y servicios considerados necesarios o de uso habitual, siempre que estén incluidos en los supuestos previstos por la normativa. Puede afectar, entre otros, a ciertos alimentos, servicios de hostelería, transporte de viajeros o determinadas obras en viviendas.

El IVA superreducido del 4% se reserva para bienes de primera necesidad o especialmente protegidos por la ley, como determinados alimentos básicos, libros, medicamentos de uso humano o productos específicos destinados a personas con discapacidad.

Cómo se calcula el IVA para empresas

El cálculo del IVA para empresas parte de una idea sencilla: comparar el IVA que la empresa ha cobrado a sus clientes con el IVA que ha pagado en sus gastos profesionales. El primero se conoce como IVA repercutido y aparece en las facturas emitidas. El segundo es el IVA soportado, incluido en las facturas recibidas de proveedores.

La fórmula básica sería:

IVA a pagar = IVA repercutido – IVA soportado deducible

Qué queda exento de IVA

No todas las operaciones llevan IVA. Existen actividades exentas, es decir, operaciones sujetas al impuesto pero en las que no se repercute IVA en la factura. Entre los ejemplos más habituales se encuentran determinados servicios sanitarios, educativos, financieros, de seguros, servicios postales universales o ciertas operaciones inmobiliarias, siempre que cumplan los requisitos legales correspondientes. 

La Agencia Tributaria recoge estas exenciones dentro de las operaciones previstas en la normativa del IVA. Es importante no confundir una actividad exenta con una actividad no sujeta. En las operaciones exentas puede existir obligación de emitir factura o de cumplir determinados deberes formales, aunque no se añada IVA. Además, en algunos casos, realizar operaciones exentas puede limitar el derecho a deducir el IVA soportado.

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¿Cuándo se paga el IVA? Plazos de presentación de las declaraciones de IVA

La declaración habitual del IVA se realiza mediante el modelo 303. Para la mayoría de empresas y autónomos, la presentación es trimestral. Los plazos generales son del 1 al 20 de abril, para el primer trimestre; del 1 al 20 de julio, para el segundo; del 1 al 20 de octubre, para el tercero; y del 1 al 30 de enero, para el cuarto trimestre

En las autoliquidaciones mensuales, el plazo general es del 1 al 30 del mes siguiente al periodo de liquidación, con la particularidad de enero, que se presenta hasta el último día de febrero.

Tipos de gastos deducibles

Para que el IVA de un gasto sea deducible, debe estar vinculado a la actividad empresarial o profesional, estar correctamente justificado mediante factura y cumplir los requisitos exigidos por la normativa. En bienes corrientes, la afectación debe ser exclusiva; en bienes de inversión, puede admitirse una deducción proporcional según su grado de afectación.

Entre los gastos habituales que pueden generar IVA deducible se encuentran compras de mercancías, alquileres de local, suministros, servicios profesionales, material de oficina, herramientas, maquinaria, software, publicidad o determinados gastos de transporte y vehículos, siempre que estén relacionados con la actividad.

Ejemplo: modelo de IVA para empresas

Imaginemos una empresa que durante un trimestre emite facturas por valor de 15.000 euros más 3.150 euros de IVA al 21%. En ese mismo periodo recibe facturas de proveedores con 1.200 euros de IVA soportado deducible. En el modelo 303 deberá declarar el IVA repercutido y restar el IVA soportado. El resultado será:

3.150 euros – 1.200 euros = 1.950 euros a ingresar

En Juraris ayudamos a empresas, autónomos y profesionales a gestionar correctamente sus obligaciones fiscales, revisar la deducibilidad de sus gastos y presentar sus declaraciones de IVA con seguridad. Nuestro equipo de asesoría fiscal y contable analiza cada caso de forma personalizada para evitar errores, optimizar la carga fiscal y garantizar el cumplimiento de los plazos ante la Agencia Tributaria.


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