Cuando una persona o empresa tiene una deuda pendiente de cobro, surge una figura jurídica clave: el acreedor. Conocer sus derechos es fundamental para reclamar correctamente una cantidad, evitar errores en el proceso y proteger el crédito frente a posibles impagos. Sin embargo, el acreedor también tiene obligaciones y debe actuar dentro de los límites legales, especialmente cuando la deuda afecta a consumidores, empresas en dificultades o procedimientos judiciales.
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Autor: admin
Categorías: Empresas, Jurídico
Última actualización: 1 Jul 2026
Qué derechos tienen los acreedores
Qué se considera un acreedor según la legislación española
Un acreedor es la persona física o jurídica que tiene derecho a exigir de otra el cumplimiento de una obligación. Normalmente, esa obligación consiste en el pago de una cantidad de dinero, aunque también puede consistir en entregar una cosa, prestar un servicio o cumplir una determinada conducta.
La relación entre acreedor y deudor puede nacer de un contrato, una factura, un préstamo, una sentencia, una indemnización, una relación mercantil o cualquier otra fuente válida de obligaciones. Lo importante es que exista una deuda cierta, exigible y acreditable.
Tipos de acreedores
No todos los acreedores tienen la misma posición jurídica. Entre los principales tipos pueden distinguirse:
- Acreedor ordinario. Es aquel que tiene un crédito sin una garantía especial. Por ejemplo, un proveedor que reclama una factura impagada.
- Acreedor garantizado. Cuenta con una garantía adicional, como una hipoteca, una prenda, un aval o una fianza. Esta garantía mejora sus posibilidades de cobro.
- Acreedor privilegiado. Tiene preferencia legal frente a otros acreedores en determinados supuestos. Puede ocurrir, por ejemplo, en créditos salariales, tributarios o con garantía real.
- Acreedor concursal. Es quien tiene un crédito frente a una persona o empresa declarada en concurso de acreedores. En estos casos, el cobro se somete a las reglas del procedimiento concursal.
- Acreedor profesional o empresarial. Suele reclamar deudas derivadas de relaciones comerciales, suministros, servicios, préstamos o contratos mercantiles.
Diferencia entre acreedor y deudor
La diferencia es sencilla: el acreedor es quien tiene derecho a cobrar o exigir el cumplimiento de una obligación; el deudor es quien debe pagar o cumplir.
Por ejemplo, si una empresa presta un servicio y el cliente no paga la factura, la empresa es acreedora y el cliente es deudor. Si un banco concede un préstamo, el banco es acreedor y la persona prestataria es deudora.
Ambas posiciones pueden cambiar según la relación jurídica. Una misma empresa puede ser acreedora de sus clientes y, al mismo tiempo, deudora frente a proveedores, Hacienda, trabajadores o entidades financieras.
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Cuáles son los derechos del acreedor
El acreedor tiene derecho a reclamar el cumplimiento de la obligación pactada. Si la deuda es dineraria, podrá exigir el pago del principal, los intereses que correspondan y, en su caso, los gastos o daños derivados del incumplimiento.
También tiene derecho a conservar pruebas, requerir formalmente al deudor, negociar un calendario de pagos, acudir a mecanismos extrajudiciales y, si no hay solución, iniciar acciones judiciales.
Cuando una deuda no se paga en plazo, el acreedor puede tener derecho a reclamar intereses. Estos pueden estar pactados en el contrato o venir determinados por la ley. En operaciones comerciales, además, pueden existir intereses de demora específicos cuando se cumplen los requisitos legales.
Es importante diferenciar entre intereses ordinarios, que remuneran el uso del dinero, e intereses de demora, que compensan el retraso en el pago. Para reclamarlos con garantías, conviene revisar el contrato, la factura, las condiciones generales y la normativa aplicable.
El acreedor puede solicitar garantías antes de conceder financiación, prestar un servicio o aplazar una deuda. Entre las garantías más habituales están el aval personal, la fianza, la hipoteca, la prenda, el reconocimiento de deuda, el pagaré o la reserva de dominio.
Estas garantías no eliminan el riesgo de impago, pero pueden facilitar la reclamación posterior y mejorar la posición del acreedor frente a otros posibles reclamantes.
Si el deudor no paga voluntariamente, el acreedor puede iniciar acciones legales. Según el caso, puede utilizarse un procedimiento monitorio, un juicio verbal, un juicio ordinario, una ejecución de títulos judiciales o extrajudiciales, o una reclamación en el marco de un concurso de acreedores.
El procedimiento monitorio es frecuente para reclamar facturas, albaranes, préstamos o cantidades documentadas. Si el deudor no paga ni se opone, puede abrirse la vía de ejecución y solicitar el embargo de bienes.
Cuáles son las obligaciones del acreedor
El acreedor no puede reclamar de cualquier manera. Debe respetar el contrato, la buena fe, la normativa aplicable y los derechos del deudor. También debe evitar reclamaciones abusivas, amenazas, comunicaciones engañosas o presiones desproporcionadas.
Cuando recibe el pago, total o parcial, debe reflejarlo correctamente y no reclamar cantidades ya satisfechas.
Actuar conforme al contrato y la buena fe
El acreedor debe respetar lo pactado. Si se acordó un plazo, un calendario de pagos, una forma de pago o una condición concreta, debe actuar conforme a esos términos. Además, la buena fe exige coherencia, transparencia y lealtad en la relación contractual.
Por ejemplo, no sería correcto aceptar un aplazamiento y después reclamar como si nunca se hubiera concedido, salvo que el deudor incumpla lo pactado.
Respetar los límites legales en la reclamación de deudas
La reclamación de deudas debe realizarse por vías legales. El acreedor puede reclamar, negociar, enviar burofax, acudir a mediación o demandar, pero no puede vulnerar la intimidad, el honor o la protección de datos del deudor.
También debe tener cuidado con la prescripción de la deuda, las cláusulas abusivas, los intereses desproporcionados y los requisitos de prueba. Una reclamación mal planteada puede retrasar el cobro o incluso perjudicar la viabilidad del procedimiento.
Entregar justificantes y documentación de pago
Cuando el deudor paga, tiene derecho a recibir justificante. El acreedor debe entregar recibos, cartas de pago, certificados de deuda pendiente o documentos que acrediten la cancelación total o parcial de la obligación.
Esta documentación es especialmente importante en préstamos, arrendamientos, relaciones mercantiles, pagos fraccionados y acuerdos extrajudiciales.
Qué bienes puede reclamar o embargar
El acreedor no puede embargar directamente por su cuenta. Para embargar bienes normalmente necesita un título ejecutivo y acudir al procedimiento correspondiente. Una vez iniciada la ejecución, pueden embargarse bienes del deudor suficientes para cubrir la deuda e intereses.
Entre los bienes embargables pueden estar cuentas bancarias, créditos frente a terceros, devoluciones tributarias, vehículos, bienes muebles, inmuebles, rentas, acciones, participaciones o parte del salario. No obstante, existen límites legales: determinados bienes son inembargables y los sueldos, pensiones o ingresos profesionales tienen tramos protegidos.
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Cuándo acudir a un abogado especializado en reclamación de deudas
Habrá que acudir a un abogado cuando la deuda es elevada, el deudor no responde, existen varios acreedores, hay riesgo de insolvencia, se necesita reclamar judicialmente o se quiere negociar un acuerdo de pago seguro.
También es recomendable buscar asesoramiento antes de firmar reconocimientos de deuda, quitas, aplazamientos o garantías. En Juraris analizamos la documentación, valoramos la viabilidad de la reclamación y diseñamos la estrategia más eficaz para recuperar la deuda con seguridad jurídica.
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