El finiquito debe entregarse cuando finaliza la relación laboral, aunque su contenido puede variar según la causa de extinción del contrato.
Finiquito por baja voluntaria
Cuando el trabajador decide marcharse de la empresa, tiene derecho a cobrar el finiquito correspondiente: salario pendiente, vacaciones no disfrutadas, pagas extra devengadas y otros conceptos pendientes. Sin embargo, en la baja voluntaria no suele existir derecho a indemnización ni a prestación por desempleo, salvo situaciones especiales previstas por la normativa.
También hay que revisar el preaviso exigido por el convenio colectivo o el contrato. Si el trabajador no respeta ese plazo, la empresa podría descontar del finiquito los días de preaviso incumplidos, siempre que proceda legalmente y esté correctamente justificado.
Finiquito por despido
En caso de despido, el finiquito debe incluir las cantidades pendientes hasta la fecha de efectos. Además, según el tipo de despido, puede existir una indemnización adicional. No es lo mismo un despido disciplinario que un despido objetivo, colectivo o declarado improcedente.
Por eso, antes de firmar, conviene comprobar si la carta de despido está correctamente entregada, si la causa está bien explicada y si las cantidades coinciden con la antigüedad, salario y conceptos generados.
Finiquito por fin de contrato temporal
Cuando termina un contrato temporal por expiración del tiempo pactado, el trabajador tiene derecho al finiquito y, en muchos casos, a una indemnización proporcional. El Estatuto de los Trabajadores prevé, con carácter general, una indemnización equivalente a la parte proporcional de doce días de salario por año de servicio, salvo excepciones como contratos formativos o de sustitución.
Finiquito por jubilación o incapacidad
La jubilación del trabajador también puede dar lugar a la liquidación de cantidades pendientes. En estos casos, el finiquito debe recoger salarios, vacaciones, pagas extra y cualquier concepto devengado.
En situaciones de incapacidad permanente, hay que analizar cada caso con especial cuidado, ya que pueden existir obligaciones previas de adaptación del puesto o ajustes razonables antes de extinguir definitivamente la relación laboral.